27/7/26

Tribunal Electoral declara la inexistencia de vulneración a la normativa electoral denunciada por la sindica de LC

*Respecto de las bardas con la leyenda es glady

Morelia, Mich.- El procedimiento derivó de la queja presentada por una Síndica Municipal del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Michoacán; en contra de la exsecretaria de Desarrollo Urbano y Movilidad del Estado de Michoacán, de la propia Secretaría a través de su titular, y el Coordinador de Fomento Deportivo del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Michoacán; a las primeras dos se les atribuyeron diversas conductas posiblemente constitutivas de infracción a la normativa electoral, en tanto que al último se le reprochó una falta en su deber de vigilancia.


En un comunicado el Tribunal informa que determinó la inexistencia de las conductas conforme a lo siguiente.

En cuanto a la colocación de propaganda en edificio público -unidad deportiva municipal-, se determinó inexistente, pues pese a estar acredita la existencia de la propaganda, la misma no es de naturaleza político-electoral.

Respecto a la promoción personalizada, el Pleno la determinó inexistente. Si bien se tuvo por acreditado el elemento personal, no se actualizaron los elementos objetivo y temporal de la conducta.

El elemento temporal no se actualizó por no acreditarse que la propaganda impactara en el siguiente proceso electoral.

Y, el elemento objetivo porque del análisis a la propaganda denunciada, no se identificaron aspectos que revelaran de manera indudable el ejercicio prohibido de la promoción personalizada, ello, en atención a que el mensaje consistió únicamente en el nombre común de pila sin apellidos, carente de logotipos gubernamentales o lemas partidistas, trayectoria de logros y tampoco intención de posicionamiento frente a los comicios.

Por otra parte, en cuanto al uso indebido de recursos públicos, no se encontraron elementos que demostraran la utilización de recursos materiales, humanos o financieros de la institución denunciada o algún ente de la administración pública para la elaboración de las pintas o bardas objeto del procedimiento.

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