9/8/19

INEXISTENTE RESPALDO PARA COBRO DE PORCENTAJE POR ENTRADAS A ANTROS


Lázaro Cárdenas, Mich.- En la conferencia de prensa matutina de los lunes por segunda ocasión se expuso a la primera autoridad la queja de propietarios de antros y bares por el cobro del 12 por ciento sobre el cover que tienen que pagar por la presentación de artistas; el titular del departamento de reglamentos atajó indicando que la acción está en el reglamento publicado el 31 de Mayo pero es inexistente el respaldo citado para el citado cobro.

Ante la Alcaldesa María Itzé Camacho Zapiaín se planteó el tema: “se acercaron los empresarios de antros referente a sí hubo una modificación al reglamento del Ayuntamiento sobre giro rojo ya que se habla que hoy en día se les va a cobrar el cover, van a tener que aportar el 12 por ciento de ganancias del cover” expuso un reportero.

Al referir el comunicador que hoy en día el área de giros rojos de reglamentos está cobrando y clausurando negocios por este asunto se consultó sobre la modificación al reglamento.

La Alcaldesa comprometió checarlo y fue en ese momento que entró a la sala el titular del departamento de reglamentos municipales y a pregunta directa de la primera autoridad expresó:

“Pues precisamente el 31 de mayo entró en vigor el nuevo reglamento, en el nuevo reglamento el artículo 102 fracción 1 dice que todos los eventos que tengan cover en los bares o en cualquier establecimiento tiene que pagar el 12 por ciento, sí, eso viene en el nuevo reglamento”

Cotejando los datos REGION LC encontró en el Catálogo Electrónico de la Legislación del Estado de Michoacán que el día citado fue publicado el Reglamento para el Funcionamiento de Actividades Mercantiles, Industriales y de Servicio, del Municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán.

Consultando el artículo mencionado no se encuentra el respaldo aludido ya que a la letra dice: ARTÍCULO 102.- En materia de seguridad el Jefe de Reglamentos puede adoptar las medidas siguientes: I. Retirar a las personas o bienes que se hayan instalado en la vía pública; cuando proceda;

Revisando las 38 páginas del reglamento no se encontró algún articulado que hable del pago del 12 por ciento aludido y por el contrario se identificó otro asunto a resaltar y es que si bien en el apartado de transitorios a la letra dice:  Artículo Primero.- El presente Reglamento entregara en vigor una vez publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.

En el Artículo Segundo plasma: “Se otorga un plazo de noventa días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, para que los propietarios o poseedores de los establecimientos comerciales, mercantiles y de servicios se adecuen a las disposiciones de este Reglamento. Y, todavía no se cumple dicho periodo.