Lázaro Cárdenas, Mich.- A solo unos días de la jornada
electoral el Pleno de la Sala Regional
Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF),
resolvió el juicio ciudadano 549/2018, por el que revocó por mayoría de votos
la sentencia emitida por el Tribunal Electoral
de Michoacán (TEEMich) con lo que avala el nepotismo que se registra en la
planilla para el ayuntamiento que
presentó el Partido de la Revolución Democrática la cual encabeza como
candidato a la presidencia municipal Mariano Ortega Sánchez.
Los magistrados ordenaron el registro de Antonio Oseguera
Solorio como candidato a ocupar la quinta regiduría para dicho ayuntamiento
esto al resolver ocho juicios para la protección de los derechos
político-electorales del ciudadano en los estados de México y Michoacán.
Con lo anterior el Tribunal Electoral avala el nepotismo que
se configura al integrar a dos hermanos a la planilla de Mariano Ortega dado
que en la cuarta regiduría y como propietaria se encuentra Adriana Oseguera
Solorio consanguínea del ahora integrado a la planilla a la quinta regiduría como propietario.
Con la medida el pleno del trife revocó la sentencia del
TEEMich que confirmó el acuerdo del
Consejo General del Instituto Electoral de dicha entidad por el cual se aprobó
el registro de la planilla de candidatos a integrar el ayuntamiento de Lázaro
Cárdenas, Michoacán por la coalición parcial Por Michoacán al Frente.
Los integrantes de la Sala Regional Toluca del Tribunal
Electoral determinó lo anterior “toda vez que se advierte que Antonio Oseguera
Solorio cuenta con un mejor derecho para ser designado como candidato a la
quinta regiduría, ya que con motivo del proceso de selección en el que
participó al interior del Partido de la Revolución Democrática, éste obtuvo el
tercer lugar en el orden de prelación, y dado que a dicho instituto político le
correspondieron tres regidurías por género masculino dentro de la coalición que
integra, le tocaría ocupar al referido cargo de elección.

